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Vehículos eléctricos Vs de combustión

Un estudio de Bloomberg indica que en 2025 los coches eléctricos serán más baratos que los de combustión. Gracias al descenso del precio de las baterías mejorará la tecnología y se eliminarán las barreras actuales de la movilidad eléctrica.

Varios son ya los estudios que predicen que el descenso de los precios de las baterías, gracias a la economía de escala y a los avances en la investigación y en los procedimientos de fabricación. El efecto de esta baja de costos repercutirá directamente sobre el precio total de los coches eléctricos.

Por otro lado en  las encuestas e informes sobre la percepción del estado de desarrollo de la tecnología por parte de los futuros compradores vemos que los prejuicios sobre esta tecnología son siempre los mismos y que hay una importante falta de  información: la escasa autonomía, los escasos puntos de carga y los altos precios de compra están siempre a la cabeza de las razones por las que muchos usuarios no se deciden a apostar por esta tecnología.

Un nuevo informe, esta vez de Bloomberg New Energy Finance, concluye que en 2025 el precio de los coches eléctricos estará por debajo del de los de combustión. El factor más importante para esta caída de precios es el costo de las baterías que supone el elemento mecánico más influyente en el precio final del coche. Del estudio se deduce que para 2030 el precio de las baterías puede haber disminuido en un 77% respecto a los actuales. A este descenso de los precios contribuirá, aunque en menor medida, la mecánica más sencilla de un coche eléctrico respecto a uno de combustión. Sus partes móviles y los desgastes que sufren mínimos, por lo que su fabricación es mucho más sencilla y económica. En este caso el aumento de la producción y la economía de escala favorecerán todavía más el abaratamiento de esta tecnología.

En el estudio se ha tenido en cuenta solo el precio inicial de compra, no el precio total del vehículo durante su vida útil. Si se le añade el ahorro en combustible y mantenimiento la diferencia a favor de los coches eléctricos es todavía mayor.

La caída del precio de las baterías repercutirá también en una mejora de su tecnología y en el aumento de las autonomías de los coches eléctricos. Algo que vamos a ver ya este año y el que viene en los nuevos modelos que llegarán al mercado. La posibilidad de que realicen desplazamientos largos da paso al negocio de las recargas rápidas en las carreteras, que también puede incluirse como un servicio añadido a la hora de la compra,  lo que influirá en su despliegue. De esta forma los tres prejuicios que antes mencionábamos por parte de los compradores que actualmente hay sobre los coches eléctricos desaparecerán a la vez.

Queda por ver si la adopción de la movilidad eléctrica sigue una tendencia gradual o, en algún momento, se producirá una explosión en sus ventas, como predicen otros estudios. Mientras la curva de las ventas de coches eléctricos crece, la de los de combustión descenderá, no solo por la competencia de la nueva tecnología sino por  las regulaciones de emisiones de partículas, cada vez más exigentes.

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¿Cambio de tendencia?

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Si bien la litigiosidad se encuentra aún en niveles elevados, hacia el mes de julio comienzan a observarse algunos cambios favorables, tanto cuantitativos como cualitativos, en el comportamiento de la judicialidad por accidentes de trabajo.

Entre enero y julio de este año, las notificaciones de demandas contra las aseguradoras se incrementaron 20%, respecto de igual período del año precedente. Concretamente, se presentaron 74.037 nuevos juicios, contra 61.818, en el mismo período de 2016. Pero, cabe resaltar que julio 2017 solo creció un 1% respecto de julio 2016, lo cual marca una importante desaceleración.

Del análisis individual por provincia se destaca que:

· CABA (única jurisdicción en que la Ley Nacional se aplica de pleno desde marzo) bajó 2 puntos porcentuales su participación en total de demandas. Ahora concentra el 46,3% del total de demandas notificadas a las ART en todo el país y presenta un crecimiento entre ene-jun/17 y ene-jun/16, del 21,9%, impulsado por la andada de demandas presentadas en marzo.

Sin embargo, julio 2017 vs. Julio 2016 evidencia una baja del 17%.

· Provincia de Buenos Aires (jurisdicción cuyo proyecto de adhesión tiene media sanción en Diputados y está pendiente de tratamiento en el Senado provincial) concentra el 19,2% de las notificaciones y presenta un crecimiento del 46,3% en los primeros 7 meses del 2017 vs mismo período de 2016), lo que representa más del doble del total nacional (que se ubica en el 20%). Julio 2017 contra julio 2016 subió el 43%, versus el 1% del total país.

· Para el mismo período de 7 meses (ene-jul 2017 vs 2016). Córdoba, evidencia un aumento del 18,8% de las notificaciones, atribuible probablemente a un apuro por iniciar demandas antes de que la nueva Ley, a la cual ya adhirió la provincia, esté operativa. Mendoza, por su parte, registra un aumento del 3,5%. Santa Fe, muestra un crecimiento del 0,5%.

Además del cambio cuantitativo señalado en el comportamiento de las notificaciones de nuevos juicios en CABA, también comienzan a observarse algunos cambios cualitativos en el comportamiento de la litigiosidad. Recientemente hubo cuatro importantes novedades jurisprudenciales en pos de la seguridad jurídica y certidumbre al sistema. En efecto la Justicia:

· Se expidió respecto de la constitucionalidad de las Comisiones Médicas

· Rechazó la medida cautelar que pedía la suspensión de la ley.

· Se rechazó in limine una demanda por la inverosimilitud planteada en un caso de un accidente in itinere.

· Se cargaron costas a un trabajador que no se presentó a las distintas instancias periciales a las que fue citado para demostrar el daño que alegaba.

Ante este panorama, que muestra una Reforma en transición, es necesario que las provincias adhieran a la Ley Nacional y que las Justicia acompañe mediante su accionar a fin de sostener en el tiempo las ventajas del sistema en disminución de accidentes y mejoras prestacionales.

La adhesión de las provincias implica: 1) instaurar el  procedimiento administrativo previo en las Comisiones Médicas, para evaluar las dolencias de las personas. 2) La regulación de honorarios de los peritos en función del trabajo realizado y no de un porcentaje del resultado del juicio. 3) La utilización de la Tabla de Evaluación de Incapacidades (Baremo) prevista en la Ley 27.348, a fin de objetivar el porcentaje de incapacidad correspondiente a cada daño y que todos los que tengan la tarea de dirimir una controversia (en sede judicial o administrativa) utilicen la misma vara para todos los trabajadores.

Asimismo que la Justicia en sus diferentes instancias acompañe mediante sus fallos las previsiones de la Ley que tienden a abordar la causa de fondo: que es la disparidad de criterios jurisprudenciales que retroalimenta la conflictividad.

 

 

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