Título de sección "Business"

Economía del conocimiento

La Ley de Economía del Conocimiento impacta en todos los sectores económicos. Mejora procesos, aumenta la eficiencia, baja costos, genera innovación para diversos sectores de la economía y se caracteriza por el uso intensivo de tecnología requiriendo capital humano altamente calificado.

Incluye: software, biotecnología, las industrias aeroespacial y satelital, audiovisual, servicios geológicos y de prospección y relacionados con electrónica y comunicaciones, centros de exportación de servicios profesionales, investigación y desarrollo, nanotecnología y nanociencia y fabricación de bienes 4.0 (inteligencia artificial, robótica, Internet de las cosas, realidad aumentada y virtual, simulación).

Argentina, que es uno de los diez países con mayor potencial en este rubro, alcanzó en 2018 exportaciones por USD 6. 000M.Actualmente, realiza el 0,4% de las exportaciones mundiales. A su vez, este sector aumenta la productividad de otras industrias: construcción, textil, manufacturas, alimentos, automotriz, comercio, agroindustria. Con la nueva Ley de Economía del Conocimiento, el sector podrá crear 215.000 puestos de trabajo de calidad y alcanzar los USD 15.000M de exportación en el 2030.

Claves de la nueva Ley del Conocimiento

  • Ocupa hoy un gran número de empleos formales, de los cuales un porcentaje se dedica al mercado externo. La Ley propone crear nuevos puestos, además de multiplicar las exportaciones en 2030.

  • Inclusión de más actividades: extiende y amplía el alcance, pasando del sector del software a todo el sector de la Economía del Conocimiento.

  • Promoción de un sector exportador clave: muchos países están aplicando políticas orientadas al desarrollo de estas actividades mediante distintos tipos de incentivos ya que son las que más crecen a escala global. Argentina es uno de los países con mayor potencial.

  • Fomento a la Innovación: ya son más de 30 los polos y clusters de servicios en todo el país. La Ley promueve la aplicación de mejoras continuas, inversiones en innovación y desarrollo, así como de capacitación constante.

Beneficios fiscales

  • Estabilidad fiscal desde la inscripción en el régimen y durante su vigencia (incluye impuestos, tasas y contribuciones a nivel nacional, así como los derechos y aranceles a la importación y exportación).

  • Detracción de la base imponible para el cálculo de las contribuciones patronales de los trabajadores en relación de dependencia debidamente registrados equivalente a $12.000. Dicho importe será actualizado conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor ($17.509 desde Enero 2019).

  • Bono de crédito fiscal, equivalente a 1,6 veces el monto de las contribuciones patronales que hubiera correspondido pagar sobre el monto de la deducción especial mencionada en el párrafo anterior. Dicho bono podrá aplicarse al pago de anticipos y/o saldo de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias e Impuesto al Valor Agregado. El bono será transferible por única vez.

  • Alícuota reducida del Impuesto a las Ganancias del 15% a partir de los ejercicios fiscales que se inicien con posterioridad a la inscripción en el régimen.

  • Los beneficiarios del régimen no serán sujetos pasibles de retención y percepción del Impuesto al Valor Agregado.

  • Posibilidad de crédito de impuesto contra rentas de fuente argentina por los impuestos análogos retenidos/pagados en el exterior.

Requisitos

Podrán aplicar las personas jurídicas comprendidas en el inciso a) del artículo 49 de la Ley del Impuesto a las Ganancias constituidas en la República Argentina, que desarrollen en el país por cuenta propia como actividad principal, alguna de las actividades promovidas. A estos fines, se considera cumplido el requisito de actividad principal cuando al menos un setenta por ciento (70%) del total de facturación corresponda a actividades promovidas.

Inscripción en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento

Se verifiquen al menos dos (2) de los siguientes requisitos

  • Acreditación de mejoras continuas en la calidad de sus servicios, productos y/o procesos, mediante una norma de calidad reconocida;

  • Acrediten indistinta o conjuntamente la realización de erogaciones en actividades de: a) Investigación y desarrollo en las actividades promovidas en un mínimo del tres por ciento (3%) de la facturación total; y/o b) capacitación de los empleados afectados a las actividades promovidas en un mínimo del ocho por ciento (8%) de la masa salarial total;

  • Acrediten la realización de exportaciones de bienes y/o serviciosque surjan de actividades promovidas de al menos un trece por ciento (13%) de la facturación total. Tratándose de servicios profesionales de exportación, dicho importe ascenderá al setenta por ciento (70%) de la facturación total.

    Fuente PwC

 

 


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